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Registro de la Propiedad

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Registro de la propiedad

Tiene como misión coordinar la estrategia para el ordenamiento inmobiliario del país; dirigir técnica, normativa y metodológicamente y controlar la inscripción de los bienes inmuebles por las personas naturales y jurídicas; representar al Estado cubano en actos de la actividad patrimonial y de nacionalización o confiscación; asesorar y dictaminar en negocios de inversión extranjera para la constitución, fusión o extinción de empresas estatales y sociedades mercantiles y en la definición y aprobación de su objeto social.

 

  • Para inscribir su vivienda debe aportar:
  1. El título de la propiedad actualizado que debe contener: naturaleza del inmueble (urbano o Rural), ubicación, descripción, medidas y linderos, área ocupada y área total, precio legal, naturaleza del derecho, titular (con sus generales completas) y funcionario que expidió el título.
  2. Documento de identidad del que solicite la inscripción o la representación, en los casos que corresponda.
  3. Comprobante de pago de impuesto, si corresponde su exigencia.
  • Términos para realizar la inscripción
  1. 15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud.
  2. 30 días hábiles se extiende excepcionalmente, si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro, para verificar la validez del título.
  3. La inscripción se cobra según el valor o precio legal del inmueble.

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