Control de la tierra

El desarrollo técnico jurídico y la exigencia constante en función de agilizar la conclusión de los trámites agrarios, disminuir al máximo las quejas de la población y uniformar  todos y  cada uno de los expedientes que se radiquen en el territorio nacional, además del tiempo transcurrido en la aplicación de las diferentes normas jurídicas, nos obliga a establecer la metodología práctica en la conformación y conclusión de los procesos agrarios que se inician en cada territorio.
En el Control de la Tierra  a nivel municipal, provincial y nacional se radican y tramitan los siguientes asuntos:

Contactos

Contactos Provinciales.

 

Oficinas.

           Teléfonos

Correos Electrónicos

Director

 (047)  84-8584

juancbmyappp@my.cu

Secretaria    

(047)  84-8545

 

Jurídico

 (047)  84-8546                                                                            

 

Sanidad Vegetal

(047)  84-8542

 

Sanidad Animal

(047) 84- 8556

 

Control de Tierra

(047)  84- 8557

 

Atención a la Población

(047)  84- 8585

 

 

 

 

Contactos Municipales.  

 

Municipios

Dirección

Teléfonos

Correos electrónicos

Bejucal

Calle 5 esquina 14 S/N

(047)  68-10-59

Perdomo Abj.appp.gob.cu

San José

Calle 54 y final S/N

(047)  86-38-51

 

Jaruco

 Calle 18 #1101 entre 11 y 13

(047)  87-38-01

carlosAjrapppmy.gob.cu

Santa Cruz

Ave.5  #1003 entre 10 y 12 

(047)  29-34-66

epolitoAsc.apppmy.gob.cu

Madruga

Calle 26 entre 16 y final. S/N (Copey)

(047)  81-55-91

yaniaAmd.apppmy.gobcu

Nueva Paz

Ave.19 entre 12 y 14 S/N

(047)  54-48-47

angelggAnp.apppmy.gob.cu

San Nicolás

Ave.55 calle Real S/N

(047)  56-22-84

 

Güines

Carretera a San Nicolás km ½ El Majoní S/N

(047)  52-31-59

 

Melena

Ave.35 /14 y 18 S/N

(047)  50-52-02

lauraAml.apppmy.gob.cu

Batabanó

Mameyar, carretera Batabanó, finca Murita

(047)  58-12-19

 

Quivicán

Ave.21 #1612 entre 16 y 18

(047)  42-55-80

luiscarlosAnauta.com

Procedimiento cuando fallece el propietario arrendador

  • Solicitud de adjudicación con un sello de $5.00.
  • Contrato de arrendamiento o documento que pruebe este acto.
  • Certificación de la renta que recibia el causante.
  • Relación de las personas que dependian económicamente del propietario arrendador fallecido.
  • Certificado de Defunción, del Estado Civil y de Filiación.
  • Inventario y tasación del total de la tierra arrendada.
  • Certificación catastral.
  • Certificado de suelos.
  • Dictamen Legal del Director o Jefe de Departamento de Control de la Tierra y del Jefe del Departamento Jurídico.
  • Resolución del Delegado o Director Provincial de la Agricultura.
  • Notificación al heredero, al Director de la Empresa que recibe la Tierra y a la Dirección Municipal de Trabajo y Seguridad Social.
  • Pago del impuesto.

Nota: Al fallecer el propietario de la finca rústica, el Delegado o Director Municipal, ordena el pago de la renta por un período de 90 días a los herederos que dependan económicamente del causante, o menor tiempo siempre que exista el pronunciamiento del Delegado o Director Provincial, la cuantía no puede ser superior a lo que cobraba el arrendador.
La Resolución que adjudica la herencia, dispone el traspaso al estado de la finca rústica y la cancelación de la renta y el pago del valor de la finca a los herederos que tienen derecho según el artículo 18 del Decreto-Ley 125/91.
Las normas aplicables son:

  • Disposición Especial Séptima y Octava del Decreto-Ley 125/91.
  • Apartado Quinto del Acuerdo 1273 de fecha 30 de septiembre de 1962, emitido por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.
  • Resolución No. 24/91.

Dirección de la Agricultura

 

La Provincia de Mayabeque cuenta con una Dirección Provincial de la Agricultura subordinada a la Administraciòn Provincial Mayabeque, la misma cuenta con 11 direcciones municipales ubicadas en cada uno de los territorios de la provincia, existen 54 UBPC, 32 CPA, 135 CCS para un total de 221 formas productivas. También se consta con un parque de 6626 tractores y cosechadoras autopropulsadas registradas en nuestros registros de tractores.

La economía de la nueva provincia es de carácter agro-industrial. En el sector agropecuario hay grandes potencialidades en la ganadería vacuna y la producción lechera. En particular se cuentan con grandes extensiones de relieve ondulado en los municipios San José, Bejucal, Güines, Madruga, Jaruco y Santa Cruz del Norte donde se dedican predominantemente a la ganadería lechera. Los cultivos de caña, plátanos, papa (patata), boniato (batata), tomate, frijoles, maíz y otras viandas y vegetales predominan en las llanuras, especialmente en las llanuras rojas del sur con suelos más productivos (municipios de Quivicán, Batabanó, Melena del Sur, Güines, San Nicolás y Nueva Paz; y también en el valle de Bainoa (Jaruco y Madruga). Se cultiva arroz, pero en menor escala en las zonas cercanas a la costa sur.

La actividad pesquera se centra en el Surgidero Batabanó en la costa sur, base de la flota pesquera del Golfo de Batabanó, teniendo como principal rubro exportable la langosta. También se practica la acuicultura en el embalse Mampostón (San José).

 La Dirección Provincial de la Agricultura en Mayabeque cuenta con 12 funciones estatales las cuales son:

Función Estatal Específica No. 1 Implementación de las políticas Agrarias.

Función Estatal Específica No. 2." Dirigir y Controlar la Política del Estado y del Gobierno sobre la producción agropecuaria y forestal para la satisfacción de las Necesidades alimentarias de la población, la industria y la exportación (Agricultura)."

Función estatal específica No. 3." Ejecutar el registro de la propiedad y posesión de la tierra, tractores y máquinas agrícolas autopropulsadas, controlando el Fondo de tierras agrícolas del país y la jurisdicción sobre la misma, de acuerdo con la legislación vigente"

Función estatal específica No. 4." Dirigir y controlar la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los Suelos y uso de los fertilizantes"

Función estatal específica no. 5."Implementar la protección del territorio nacional de la introducción y difusión de plagas y enfermedades de las plantas, de manera que se logre un estado fitosanitario satisfactorio en el país, ejerciendo el registro y control del uso de plaguicidas químicos, biológicos y naturales"

Función Estatal Específica No. 6. “Dirigir la protección del Territorio nacional de la introducción de enfermedades de origen animal y lograr un estado de salud animal satisfactorio en el país; registrar y controlar el uso de las materias primas, productos y subproductos para estos fines, así como medicamentos de uso veterinario"

Función estatal específica No.7."Controlar el patrimonio ganadero del país registrando el ganado mayor, las razas puras y sus cruzamientos y el estándar morfológico de las diferentes especies”

Función Estatal Específica no.8"Implementar la política de desarrollo genético, la preservación del genofondo de la especie animal de la fauna doméstica y silvestre"

Función Estatal Específica No.9. "Dirigir y controlar el aprovechamiento del patrimonio agroforestal incluyendo los frutales y la administración del fondo nacional Forestal”

Función Estatal Específica No.10."Promover el desarrollo de los sistemas de mecanización, riego y drenaje agrícola, validando la introducción de nuevas tecnologías y su eficiente explotación, estableciendo las regulaciones para su asistencia técnica"

Función Estatal Específica no.11. "Dirigir la implementación de la política de prospección, conservación, introducción, mantenimiento, documentación y utilización de los recursos fitogenéticos y de semillas en el país"

Función Estatal específica No.12." Hacer cumplir la política para el proceso de fomento y desarrollo y consolidación del movimiento cooperativo en el sector agropecuario, forestal y azucarero"

En la parte empresarial contamos con un Grupo Empresarial Agropecuario y Forestal (GEAF) conformado por 8 empresas agropecuarias y una de aseguramiento y servicios dedicados fundamentalmente al desarrollo de la Ganadería, Cultivos Varios y Forestales.

Existen además 3 Empresas Genéticas subordinadas al OSDE Ganadero, que dentro de su objeto social está la producción de leche, carne y animales de alto valor genético, como la Empresa Pecuaria Genética Bufalina “El Cangre, Pecuaria Genética Valle del Perú y Pecuaria Genética del Este”.

Existen, además, otras entidades de subordinación Nacional:

1- Empresa Porcino Mayabeque.

2- Empresa Avícola Mayabeque. (Todas subordinadas al OSDE Ganadero)

3- UEB Genética y Pie de Cría.

4- UEB Ganado Menor.

5- Empresa Integral de Granos (Subordinada al OSDE Agrícola)

6- Empresa Forestal Integral Mayabeque (Subordinada al OSDE Montaña)

7- Empresa Resecadora de Tabaco Torcido (Subordinada al OSDE TABACUBA)

8- UEB de Semilla (Subordinada al OSDE Agrícola)

9- Empresa de Granos (Subordinada al OSDE Agrícola).

10- Empresa Logística Mayabeque (Subordinada al OSDE Logístico)

11- Centro Inseminación Artificial (Subordinada al OSDE Ganadero).

La provincia posee una extensión superficial de 374 384.00 hectáreas, la extensión del área agrícola es de 243 331.97 hectáreas, de ellas se encuentran cultivadas 129 111.62 hectáreas, las que representan el 53.49 %.

Los usufructuarios y propietarios cultivan 52 mil 217.87 hectáreas, estas representan el 40.44 % de la superficie cultivada y el 21.63 % de la superficie agrícola de la provincia.

En la provincia existe un total de usufructuarios en virtud del Decreto Ley 300/012 aprobado por el Ministerio, a los que se le ha otorgado tierras estatales ociosas en usufructo 2152 solicitudes con 19 427.86 hectáreas.

Nuestra provincia consta con un parque de 6626 tractores y cosechadoras autopropulsadas registradas en nuestros registros de tractores.

Al cierre de enero 2018 la provincia cuenta con 151 369 cabezas de ganado vacuno, 23671 equino, 14 158 Búfalos, 31 955 ovino y 10 872 caprino para una masa de 232 025 cabezas.

Confiscación de la tierra y los bienes agropecuarios

Principio: Los casos de hallazgo de marihuana en tierras de usufructuarios, se procesarán de acuerdo a lo previsto en el Decreto Ley No. 232: “Sobre Confiscación por hechos relacionados con las drogas, actos de corrupción o con otros comportamientos ilícitos”, de 21 de enero de 2003 y su Reglamento, la Resolución No. 6 de 24 de enero de 2003, todo ello atendiendo a que resultan normas especiales para esta materia, y por tanto no se extinguirá el usufructo por ninguna de las causales establecidas en el Decreto-Ley No. 300/2012, cuando se ocupa droga a un propietario o usufructuario de tierra, en cualquier lugar del país, proceda la aplicación de esta norma especial, no tiene que ser dentro de la finca rústica.

Como las tierras son indivisibles, la ocupación de drogas en ella, implica la confiscación total y no de una cuota o proporción.

Documentos a incorporar

  • Para dictar la Resolución Confiscatoria por parte del Delegado o Director Provincial del de la Agricultura, se incorporaran:
  • Expediente Registral de la Tierra.
  • Inventario y Tasación de la tierra y los bienes agropecuarios. 
  • Escrito fundamentado sobre la información del Órgano Especializado del MININT, o de la Fiscalía que corresponda, que acredita que lo ocupado corresponde a drogas.
  • Criterio de los Presidentes de la ANAP a nivel provincial y nacional.
  • Resolución del Delegado o Director Provincial de la Agricultura.
  • Notificación.

Procedimiento de revisión

  • Solicitud con sello de $ 5.00.
  • Investigaciones realizadas.
  • Criterio del Delegado o Director Provincial de la Agricultura.
  • Criterio del Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños.
  • Resolución del Ministro de la Agricultura.
  • Notificación a los infractores y a la Empresa que recibe la tierra y los bienes agropecuarios, debiendo actualizar su situación en el Registro de la Tierra.