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Registro de la Propiedad

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  • REGISTRO DE LA PROPIEDAD,

Tiene como misión coordinar la estrategia para el ordenamiento inmobiliario del país; dirigir técnica, normativa y metodológicamente y controlar la inscripción de los bienes inmuebles por las personas naturales y jurídicas; representar al Estado cubano en actos de la actividad patrimonial y de nacionalización o confiscación; asesorar y dictaminar en negocios de inversión extranjera para la constitución, fusión o extinción de empresas estatales y sociedades mercantiles y en la definición y aprobación de su objeto social.

  • Para inscribir su vivienda debe aportar:
  1. El título de la propiedad actualizado que debe contener: naturaleza del inmueble (urbano o Rural), ubicación, descripción, medidas y linderos, área ocupada y área total, precio legal, naturaleza del derecho, titular (con sus generales completas) y funcionario que expidió el título.
  2. Documento de identidad del que solicite la inscripción o la representación, en los casos que corresponda.
  3. Comprobante de pago de impuesto, si corresponde su exigencia.

2.2- Términos para realizar la inscripción

  • 15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud.
  • 30 días hábiles se extiende excepcionalmente, si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro, para verificar la validez del título.
  • La inscripción se cobra según el valor o precio legal del inmueble.

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