Haga lo correcto, legalice su construcción y contribuya a un adecuado ordenamiento territorial.
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- Última actualización: Viernes, 05 Julio 2019 19:06
- Escrito por Madelaine Alba
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El 27 de mayo entraron en vigor los acuerdos No.8574 y No.8575, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros publicados en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.33 del pasado 26 de abril, con la finalidad de regular el proceso de ordenamiento y legalización de viviendas, cuartos, habitaciones, accesorias y locales sin status legal o sin observar las formalidades en su construcción, siempre que cumplan con las regulaciones territoriales y urbanísticas, con el fin de transferirlas en concepto de propiedad a las personas naturales que ocupen estas.
Sin embargo, la noticia tan esperada por la población aún no ha tenido el impacto que se esperaba en la provincia, a pesar de
las acciones de comunicación realizadas a nivel nacional y provincial hoy sólo han acudido a las Direcciones de Planificación Física 344 personas naturales.
Es imperativo destacar que el reglamento permite flexibilizar la transferencia de la propiedad de ocupantes de viviendas estatales declarados arrendatarios y usufructuarios; así como la legalización de viviendas terminadas o en ejecución por el Estado y la población; siempre que cumplan los requisitos establecidos en la legislación vigente.
Por tal razón y aprovechando la oportunidad de un adecuado ordenamiento legal solicitamos a los pobladores que acudan con la mayor prontitud a las Direcciones de Planificación Física de sus municipios en busca de orientación para legalizar su status.