Registro de la Propiedad
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- Última actualización: Jueves, 10 Mayo 2018 17:22
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- REGISTRO DE LA PROPIEDAD,
Tiene como misión coordinar la estrategia para el ordenamiento inmobiliario del país; dirigir técnica, normativa y metodológicamente y controlar la inscripción de los bienes inmuebles por las personas naturales y jurídicas; representar al Estado cubano en actos de la actividad patrimonial y de nacionalización o confiscación; asesorar y dictaminar en negocios de inversión extranjera para la constitución, fusión o extinción de empresas estatales y sociedades mercantiles y en la definición y aprobación de su objeto social.
- Para inscribir su vivienda debe aportar:
- El título de la propiedad actualizado que debe contener: naturaleza del inmueble (urbano o Rural), ubicación, descripción, medidas y linderos, área ocupada y área total, precio legal, naturaleza del derecho, titular (con sus generales completas) y funcionario que expidió el título.
- Documento de identidad del que solicite la inscripción o la representación, en los casos que corresponda.
- Comprobante de pago de impuesto, si corresponde su exigencia.
2.2- Términos para realizar la inscripción
- 15 días hábiles a partir de la radicación de la solicitud.
- 30 días hábiles se extiende excepcionalmente, si se requieren solicitar otros documentos fuera del registro, para verificar la validez del título.
- La inscripción se cobra según el valor o precio legal del inmueble.














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