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Traslado de consumidores

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Documentos a presentar por los consumidores que se trasladan desde otra oficoda.

  • Carnet de Identidad del compareciente.
  • Carnet de Identidad, actualizado por la dirección de la vivienda donde se va ha producir el alta, de todos los componentes del núcleo.
  • Modelo 6 de Baja de la Oficoda donde causó baja.
  • Libreta para Productos Alimenticios, si se trata de reconocimiento de núcleo por cambio de domicilio.
  • Algún documento que pruebe la ocupación legal de la vivienda, a nombre de la persona que solicita ser jefe de núcleo, emitidos por el Instituto de Vivienda y Notarías.
  • Si el documento de la legalidad de la vivienda esta a nombre de un menor de 16 años, además habrá que presentar el documento que acredita al solicitante como tutor del menor y el Carnet de Identidad de dicho tutor actualizado por la dirección de la vivienda de la cual el menor es propietario.
  • Sello del timbre por valor de $5.00.

Licencia de conducción

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Trámites que pueden solicitar los cubanos residentes en el territorio nacional, extranjeros residentes de forma temporal y extranjeros residentes de forma permanente.

Alta a consumidores

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El Alta en la Unidad de Registro de Consumidores puede tramitarla cualquier consumidor, sea o no componente del núcleo. Mediante este trámite se le da de alta a un consumidor en la libreta para productos alimenticios.

Documentos a presentar para altas a consumidores

  • Carnet de Identidad del compareciente.
  • Tarjeta del Menor actualizada por la dirección de la madre.
  • Libreta para Productos Alimenticios.
  • En todos los casos de nacimiento al niño se le dará alta en la libreta donde esta registrada la madre.

Alta a personas procedentes del extranjero.

  • Si se trata de un niño nascido en el extranjero de padres cubanos o de cubano y extranjero, presentará la tarjeta del menor, para considerarse ciudadano cubano.
  • Si se trata de un consumidor de nacionalidad cubana y fue enviado al extranjero por algún Organismo, presentará Carnet de Identidad actualizado por la dirección del alta.
  • En caso de que haya sido enviado por algún Organismo, presentará Carnet de Identidad actualizado por la dirección del alta.
  • Modelo 6 de Baja de la Oficoda donde causó baja antes de salir del país, si lo posee.
  • Libreta para productos alimenticios del núcleo donde causará alta.

Egresados de centros penitenciarios, hospitales o ascilos.

  • Carnet de Identidad del compareciente.
  • Carnet de Identidad de la persona que va ha causar alta, actualizando la dirección de la vivienda donde se va ha producir el alta.
  • Documento del centro Hospitalario, Asilo.
  • Libreta para Productos Alimenticios donde causará alta.
  • Modelo 6 de Baja de la Oficoda donde causó baja.

Médicos y enfermeros de la familia.

  • Carnet de identidad del compareciente
  • Carnet de identidad de la persona que va ha causar alta, actualizando la dirección de la vivienda donde se va ha producir el alta.
  • Documento emitido por la Dirección  Municipal de Salud Pública debidamente firmado y acuñado.
  • Sello del timbre por valor de $5.00.
  • -Modelo 6 de Baja de la Oficoda donde causó baja.

Conversión de Licencia de Conducción Nacional Extranjera a la Nacional

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Descripción del trámite: El poseedor de Licencia Nacional Extranjera podrá realizar la conversión a la Licencia de Conducción Nacional, siempre que pertenezcan a los países que corresponden al tratado de Viena, pasado el término de 6 meses de estancia en nuestro país. El poseedor debe tener al menos 18 años.

Documentos a presentar: Solicitará al Consulado a través del certifico de autenticidad, la aclaración del vehículo autorizado a conducir en su país, de la categoría enunciada en el documento, Carné de Identidad y Pasaporte, Sellos de Timbre Por valor de 30 pesos, Dos fotos sin sombrero o gorra, si usted usara espejuelos,   deberá retratarse con los mismos. Presentar fotocopia de la Licencia de Conducción.

Nota: La Licencia de Conducción Extranjera, cuyo texto este en otro idioma que no sea el español, para realizar la conversión, deberá realizar la traducción al idioma español.

Registro de vehículos

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Para los trámites que se realizan en el Registro de Vehículos se deben presentar los siguientes documentos:

Personas Naturales: Vehículo en buen estado técnico y limpio, carne de identidad, circulación del vehículo, en caso de existir escritura de poder especial o su apoderamiento, el apoderado con todos los documentos exigidos.
Personas Jurídicas: todos los documentos del vehículo a tramitar, credencial del representante, circulación de vehículo y este en buen estado técnico y limpio. 

Trámites que se realizan:

1. Traspaso: $ 60.00 MN   Se deben presentar todos los documentos de la notaria, más el pago del banco.

2. Cambio de nombre de entidad: $ 5.00 MN. Para las entidades jurídicas, las resoluciones emitidas por el organismo superior.

3. Cambio de color: $ 10.00 MN. El vehículo correctamente pintado y sin aditamentos excesivos (banderas, letreros u otros objetos visibles).

4. Grabación de motor o carrocería: $ 20.00 MN. En las entidades jurídicas cuando es por chapistería se presentara un documento emitido por la institución que realizó el trabajo, firmado por los directivos del mismo, en el caso de que sea adquirido sin numeración, la factura deberá especificar que no posee número. En el sector particular, se le grabará número de motor o carrocería al que colegiado por los inspectores y jefes se apruebe su grabación.

5. Cambio de combustible: $ 20.00 MN. Este se realiza cuando los vehículos realizan  cambio de motor y combustible en el Sector estatal y particular, se confeccionan expedientes en transporte, presentado el documento del FICAV.

6. Cambio de modelo: $ 20.00 MN. Este trámite es cuando los vehículos continúan con la misma marca, se debe presentar para ambos sectores los factores correspondientes.

7. Cambio de marca: $ 20.00 MN. En el sector jurídico se presentara las facturas correspondientes.

8. Cambio de carrocería: $ 20.00 MN. En el sector jurídico se presentaran las facturas y documentos de la empresa correspondientes.

9. Cambio de clase/ tipo: $ 10.00 MN. Para ambos sectores documentos expedidos por transporte.

10. Cambio de tonelaje: $ 20.00 MN. Para ambos sectores documentos expedidos por transporte.

11. Inscripción Inicial: $ 40.00 MN. Se realizaran a ambos sectores presentando documentos oficiales (factura de compra).

12. Cambio de licencia: $ 40.00 MN. Se realiza cuando se efectúa cambios en cualquier dato del vehículo.

13. Cambio de chapa: $ 40.00 MN. Se realiza cuando se requiera para ambos sectores.

14. Duplicado de licencia de circulación: $ 80.00 MN. Se realizara para ambos sectores por pérdida o deterioro de la misma.

15. Duplicado de chapa: $ 80.00 MN. Se realizara para ambos sectores por pérdida o deterioro de la misma.

16. Cambio de motor: $ 10.00 MN. Se realizaran a ambos sectores presentando documentos expedidos por transporte o facturas cuando es la misma marca y combustible. Se exigirá para ambos sectores el documento del FICAV.

17. Reinscripción: $ 10.00 MN. Para ambos sectores

18. Re inspección: $ 5.00 MN. Para ambos sectores.

19. Certifico: $ 5.00 MN. Se solicitara a los funcionarios de archivos personalmente presentando la documentación exigida para ambos sectores.

20. Cambio de pegatina: $ 5.00 MN. Se realiza a ambos sectores cuando está este vencida o deteriorada.

21. Baja del vehículo: $ 5.00 MN. Este se realizara para el sector estatal presentando todos los documentos aprobados por el organismo superior de la entidad. Para las personas naturales por el seguro o voluntariamente.

22. Cambio de motor (fondo de giro): se realizar por el decreto 320 del 2013 entre particulares.

Impuestos tributarios en sellos por trámites en el Registro de Vehículos para ambos sectores

Trámites Impuestos (MN)
 Duplicado de licencia de circulación $ 80.00 
 Duplicado de chapa $ 80.00
 Traspaso $ 60.00
Inscripción Inicial $ 40.00
Cambio de licencia $ 40.00
Cambio de chapa $ 40.00
Grabación de motor o carrocería $ 20.00
Cambio de combustible $ 20.00
Cambio de modelo $ 20.00
Cambio de marca $ 20.00
Cambio de carrocería $ 20.00
Cambio de tonelaje $ 20.00
Cambio de color $ 10.00
Cambio de clase/ tipo $ 10.00
Cambio de motor $ 10.00
Reinscripción $ 10.00
Cambio de nombre de entidad $ 5.00
Re inspección $ 5.00
Certifico $ 5.00
Cambio de pegatina $ 5.00
Baja del vehículo $ 5.00

Conversión de licencia de conducción Especial Militar a Nacional.

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Descripción del trámite: El poseedor de la licencia de conducción especial militar que haya cumplido el Servicio Militar Activo, podrá realizar la conversión a la licencia de conducción nacional.

Requisitos: Para realizar trámites de licencia especial militar sólo se exige 17 años de edad.

Documentos a presentar: Carné de Identidad, Sellos de Timbre Por valor de 30 pesos, Dos fotos sin sombrero o gorra, si usted usara espejuelos, deberá retratarse con los mismos, Licencia de Conducción Especial Militar,  Certificación del Jefe de la Unidad militar o del nivel jerárquico superior, que avale el periodo de cumplimiento del Servicio Militar.

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